EL COAC: “EL FUERA DE ORDENACIÓN NO AFECTA A TODOS POR IGUAL”
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Por su parte, el Colegio de Arquitectos tampoco consigue tranquilizar en absoluto la alarma suscitada por el dichosO PGOU de Santa Cruz de Tenerife: fíjense en lo que dicen estos profesionales: “la afección al edificio se produce al final de su vida útil -que no está definida-, en el momento en que se derribe para ser sustituido, cuando la edificación actual esté completamente obsoleta, momento en el que la nueva edificación tendrá que adaptarse al nuevo planeamiento”. Esta circunstancia “podría suponer una disminución del valor de tasación en algunos edificios (que afectaría al valor por el que puede ser hipotecada) ya que, si bien no afecta al valor de lo edificado, sí afecta al valor del suelo, en la medida en que disminuye la edificabilidad que puede realizarse sobre él en el futuro”.
Esa es la cuestión fundamental: Que, cuando, por alguna circunstancia haya que tumbar el edificio que se ha declarado en parte fuera de ordenación, el valor del suelo disminuye y el de la propiedad de cada comunero también, porque habrá que repartirse menos alturas entre el mismo número de copropietarios. Claro, y a eso se acogen los depredadores, que pasará dentro de algunos años, en algunos casos muchos años, pero eso no le quita gravedad al tema. Todo el mundo tendrá nietos. A cualquiera se le puede quemar la casa.
La realidad es que se merma el derecho urbanístico de mucha gente y, en la mayoría de los casos, no está justificado legalmente. Los defensores del Plan se empeñan en repetir que la ley permite el fuera de ordenación. Pero no dicen que es en casos excepcionales. Y el sentido común indica que la tercera parte del total no puede ser una excepción.
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